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Legislación en Salud Ocupacional Análisis comparativo Res. 1016 - OHSAS 18001
Resolución 1016 del 31 de marzo de 1989
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OHSAS 18001 de 2007
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DIFERENCIAS
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Legislación nacional (de carácter obligatorio en el territorio Colombiano)
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Norma técnica (guía) no es de carácter obligatorio para las empresas Colombianas, cualquier país la puede implementar (alcance internacional)
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Norma especifica que establece parámetros puntuales para el diseño e implementación de PSO en las empresas colombianas
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Norma general que establece parámetros para la implementación de sistemas de gestión para el buen funcionamiento de los programas PSO
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Menciona la creación de subprogramas de gestión específicos (medicina preventiva y del trabajo, seguridad industrial e higiene industrial) funcionando de manera interdisciplinaria para la conformación del PSO
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No establece criterios de desempeño por subprogramas de gestión, por ende no incluye especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de gestión
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SIMILITUDES
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Directriz que organiza el funcionamiento y el diseño de los PSO en las empresas del territorio Colombiano con parámetros específicos.
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Sistema estándar de gestión basado en el ciclo PHVA
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Aplicable a cualquier sector económico de empresas públicas o privadas
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Aplicable a organizaciones del sector público y privado
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Actividades tendientes a minimizar el riesgo de ocurrencias de accidentes y enfermedades de tipo profesional
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Indica los requisitos para un sistema de administración de los riesgos que atenten contra integridad física y mental de los trabajadores en los entornos laborales
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Art. 11 menciona la elaboración de un panorama de factores de riesgos con el fin de identificar los diferentes escenarios que puedan causar lesiones y perdidas en los trabajadores y el entorno
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Numeral 4.3.1. menciona la necesidad de diseñar procedimientos para la permanente identificación de riesgos en los lugares de trabajo para establecer controles
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Parágrafo 2 art. 4 menciona que se debe contar con una persona para la implementación de los programas de salud ocupacional
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Numeral 4.4.1. menciona la necesidad de contar con recursos humanos para la implementación del sistema de gestión
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Numeral 20 art. 11 menciona que las empresas deben diseñar y ejecutar programas de educación y entrenamiento al personal
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Numeral 4.4.2. menciona la necesidad de competencia del personal para realizar las actividades de manera segura y sugiere la implementación de procedimientos para capacitar y entrenar a los trabajadores
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Art. 4 menciona que las empresas deben mantener un documento en medio físico en el cual se especifique el contenido del PSO firmado y actualizado
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Numeral 4.4.4. menciona que las empresas deben mantener la información sobre el programa de gestión en medios físico o magnéticos que faciliten su consulta
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Numeral 18 art. 11 Menciona el diseño e implementación de planes de emergencias en los centros de trabajo incluyendo protección a bienes y servicios
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Numeral 4.4.7. habla de la necesidad de mantener planes y programas para la preparación ante eventos con potencial de daños mayores (emergencias)
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Art. 15 las empresas deben realizar evaluaciones de los PSO por medio de indicadores de gestión
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Numeral 4.5.1. las empresas deben realizar evaluaciones cualitativas y cuantitativas del sistema de gestión
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Numeral 14 art. 11 las empresas deben realizar actividades de investigación y análisis de las causas de los ATEP para aplicar medidas correctivas necesarias
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Numeral 5.5.3.1. menciona que las empresas deben diseñar procedimientos para la investigación de accidentes e incidentes con el fin de establecer acciones correctivas y preventivas
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Art. 16 las empresas deben realizar evaluaciones al PSO como mínimo cada 6 meses para evidenciar el cumplimiento del mismo
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Numeral 4.6. la alta dirección debe revisar el sistema de gestión de SISO a intervalos definidos para asegurar la conveniencia, adecuación y eficacia continua
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